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El pasado 01 de junio de 2021, se publicó en DOF la Sexta Resolución de modificaciones a las Reglas Generales de Comercio Exterior de 2020, publicadas el 30 de junio de 2020, por lo que el equipo de Opticomex preparó un cuadro comparativo de identificación de las modificaciones realizadas y su impacto en la operación de Comercio Exterior, adicionalmente te compartimos un resumen de las modificaciones en las que básicamente se ajusta la normatividad atendiendo y referenciando al Acuerdo de Continuidad Comercial entre los Estados Unidos Mexicanos y el Reino Unido de la Gran Bretaña e Irlanda del Norte.

Glosario

Se reforma la definición 9

Se adiciona el acrónimo 1 bis y las definiciones 30 bis y 34 bis

Título 1

Con relación al Título 1, “Disposiciones Generales y Actos Previos al Despacho” se observan las siguientes modificaciones a las reglas 1.6.11.; 1.6.13.; 1.6.15.; 1.6.16.; 1.6.17.

y en opinión de esta firma, son las de mayor impacto:

  • Regla 1.6.11.– Se da nueva redacción, incluyendo en el 1er párrafo el texto importaciones temporales, se cambia LIGIE por TIGIE, se extrae texto del 1er párrafo para convertirlo en fracción I, antes fracciones se convierten en incisos.
  • Regla 1.6.17.– Se hace la modificación en el 5to párrafo, fracción I, que lo dispuesto en esta regla no será aplicable, en relación a las empresas IMMEX servicios o persona con autorización para destinar al régimen aduanero de RFE, transfiera las mercancías importadas temporalmente o destinadas al régimen aduanero del RFE, a una IMMEX o persona con autorización para destinar al régimen aduanero de RFE, siempre que las mercancías se transfieran en el mismo estado en que fueron importantes temporalmente o destinadas al régimen aduanero de recinto fiscalizado estratégico.

Título 3

Con relación al Título 3 “Despacho de Mercancías” se observan las siguientes modificaciones:

  • Regla 3.1.10.– Se reforma la fracción I, párrafos primero y segundo;
  • Regla 3.1.14.– Se reforman los párrafos primero y segundo;
  • Regla 3.4.3.– Se reforma la fracción III
  • Regla 3.7.6.– Se reforma la fracción II
  • Regla 3.7.21.– Se reforma el primer párrafo, fracción I, inciso b)

Título 4

Con relación al Título 4 “Regímenes Aduaneros” se observan las siguientes modificaciones o adiciones que, en opinión de esta firma, son las de mayor impacto:

  • Regla 4.1.3.– Se reforma el segundo párrafo.
  • Regla 4.3.13.– Se reforma la fracción II, párrafos segundo y tercero.
  • Regla 4.3.15.– Se reforma el tercer párrafo.
  • Regla 4.5.31.– Se reforman las fracciones II, XI y XIV.
  • Regla 4.8.7.– Se reforma el apartado A, fracción II, cuarto párrafo.

Título 5

Con relación al Título 5 “Demás Contribuciones” se observan las siguientes modificaciones o adiciones que, en opinión de esta firma, son las de mayor impacto:

  • Regla 5.1.5.– Se reforma

Título 7

Con relación al Título 7 “Esquema Integral de Certificación” se observan las siguientes modificaciones o adiciones que, en opinión de esta firma, son las de mayor impacto:

  • Regla 7.3.1.– Se reforma la fracción III, inciso b)
  • Regla 7.3.3.– Se reforma fracción VII.

En Opticomex Advisors realizamos un cuadro comparativo donde encontrarás la Regla, la Reforma, esta sexta modificación y nuestra opinión. Descarga este cuadro comparativo dando clic en la imagen bajo este texto.

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